Martes 17 de Agosto de 2010 09:47
La Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) aprobó los valores admitidos para alimentos libre de gluten que constarán en el Código Alimentario Argentino, los cuáles deberán contener hasta 10 mg. por kilo de alimento, para poder ser consumidos por personas celíacas.
De esta manera, los alimentos podrán ser admitidos bajo la categoría SIN T.A.C.C (libres de Trigo, Avena, Cebada y Centeno).
LEY DE CELIACOS
La decisión se enmarca en el proceso de reglamentación de la Ley de Celíacos N° 26558, cuyos aspectos finales están siendo definidos por el Ministerio de Salud de la Nación.
La celiaquía es una enfermedad intestinal crónica que se caracteriza por la intolerancia al gluten, una proteína que contienen el trigo, la avena, la cebada y el centeno.
Se trata de una afección hereditaria y autoinmunitaria, que debilita la capacidad del intestino para absorber los nutrientes en forma adecuada.
En la Argentina, unas 500.000 personas sufren la enfermedad, según la prevalencia estimada del 1 por ciento.
Fuente: eldia.com.ar